Administración de edificios de oficinas
Administramos edificios de oficinas y de uso mixto acogidos a copropiedad, con información clara para comités de empresas y propietarios, y continuidad operativa para todos los que trabajan ahí.
Qué incluye el servicio
| Lo que incluye | Cómo lo hacemos |
|---|---|
| Gastos comunes y reportes | Aviso de cobro con ingresos, egresos y saldo (art. 31), presupuesto anual con 30 días de anticipación (art. 22) y rendición mensual al comité (art. 21). |
| Instalaciones | Mantención y certificación de ascensores, climatización, bombas, generadores y sistemas contra incendio (art. 20). |
| Control de acceso y seguridad | Personal, protocolos para visitas, proveedores y estacionamientos. |
| Seguro contra incendio | Los condominios sin unidades habitacionales también deben tenerlo, salvo que su reglamento de copropiedad disponga lo contrario (art. 43). |
| Plan de emergencia | Actualización y simulacros de evacuación (art. 40). |
| Asambleas | Citación, quórum por materia y actas (art. 15). |
Problemas típicos y cómo los gestionamos
- Un comité sin información clara
- Rendición mensual, presupuesto anual con 30 días de anticipación y aviso de cobro detallado.
- Instalaciones que amenazan la continuidad del edificio
- Mantención y certificación de ascensores, climatización, bombas, generadores y sistemas contra incendio.
- Accesos desordenados
- Personal y protocolos para visitas, proveedores y estacionamientos.
- Locales, oficinas y viviendas que pagan lo mismo
- Revisamos la distribución de gastos por sector según el reglamento de copropiedad.
- Dudas sobre el seguro en un edificio sin viviendas
- Revisamos el reglamento y lo que exige el art. 43 para condominios sin unidades habitacionales.
Cómo trabajamos con tu comité
- Solicitas Nos cuentas de tu comunidad en el formulario.
- Visitamos sin costo Conocemos la comunidad y hablamos con el comité.
- Propuesta a medida Recibes servicios y honorarios según lo que tu comunidad necesita.
- Gestión mensual Si la asamblea nos designa, administramos y rendimos cuentas cada mes.
Edificios de uso mixto
En los edificios que combinan oficinas, comercio y viviendas, el reglamento de copropiedad puede separar gastos por sector cuando ciertos bienes o servicios sirven solo a uno de ellos (art. 38). Revisamos esa distribución para que cada sector pague lo que corresponde.
Oficinas por comuna
Atendemos edificios de oficinas en Las Condes, Vitacura, Lo Barnechea, Ñuñoa, La Reina, Providencia y Colina/Chicureo.
Comunas donde trabajamos
Preguntas frecuentes
¿La Ley 21.442 se aplica a edificios de oficinas?
Sí, se aplica a todo inmueble acogido al régimen de copropiedad inmobiliaria (art. 2).
¿Quién vota en la asamblea si la oficina está arrendada?
El propietario o su representante. Si no designa a nadie, puede representarlo el arrendatario, salvo aviso en contrario; para materias de mayoría reforzada se necesita autorización expresa (art. 5).
¿Se pueden repartir distinto los gastos entre pisos de oficinas y locales?
Sí, si el reglamento de copropiedad establece sectores (art. 38).
Otras líneas: Edificios residenciales · Casas y condominios habitacionales
¿Quieres apoyo para administrar tu comunidad?
Pide una cotización o evaluación inicial gratis. Revisamos tu caso y te enviamos una propuesta de administración; el servicio se cobra según la propuesta que apruebe la comunidad.